Otras Empresas
“ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE ACEITE CRUDO DE PALMA Y ACEITE DE PALMISTE A LAS CIUDADES DE LIMA Y AREQUIPA”
LICITACIÓN Nº 001-2015-OLAMSA.
BASES ADMINISTRATIVAS
1. ENTIDAD CONTRATANTE.
Oleaginosas Amazónicas S.A.
R.U.C. 20351410061.
Dirección: Jr. Los Frutales No. 249 – Pucallpa.
Teléfono No. 061 590982.
2. OBJETIVO DE LA ADQUISICION.
Tiene por objeto seleccionar la persona jurídica o consorcio de empresas que se
encargará del servicio de transporte de nuestros productos: Aceite Crudo de Palma
- ACP y Aceite de Palmiste -ACPK de nuestras plantas industriales a las ciudades
de Lima y Arequipa.
3. MODALIDAD DE ADQUISICIÓN.
La modalidad de contrato es por TONELADA METRICA, por tanto el proveedor
deberá presentar su oferta por el transporte de una tonelada, incluido el seguro
del producto por cisterna de 30 tn.
4. ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE Y SEGUROS.
Las especificaciones de los servicios de transporte de ACP Y ACPK a adquirir se detallan de la siguiente manera:
SERVICIO ESPECIALIZADO DE TRANSPORTE DE ACEITE DE PALMA | ||||||
|
Será responsabilidad del proveedor proporcionar el servicio de transporte de ACEITE CRUDO DE PALMA del lugar de carga al lugar de descarga que se indica en la guía de transporte firmada por el supervisor de Operaciones. | |||||
|
Las unidades de transporte del proveedor deberán contar con la siguiente documentación: | |||||
* Tarjeta de propiedad y de circulación. | ||||||
* Copia de la póliza de responsabilidad civil. | ||||||
* Orden de transporte debidamente autorizada. | ||||||
* Registro de ingreso de vehículos y choferes. | ||||||
|
El proveedor debe tener vigente toda la documentación (permisos, autorizaciones, seguros, etc) exigible por las autoridades correspondientes. | |||||
|
El proveedor deberá demostrar durante el proceso de la licitación, que cuenta con la capacidad empresarial suficiente, experiencia y vehículos con capacidad para transportar 30 toneladas, preparados para el transporte de ACP y ACPK, así como operadores que acrediten experiencia de transportes, mediante constancias de trabajo y licencia profesional vigente. | |||||
|
El proveedor está en la obligación de presentarse por la cantidad exigida, respetando las consideraciones expuestas y especificaciones referidas. | |||||
|
El plazo de entrega de la propuesta es de 30 días calendarios. |
5. VALOR REFERENCIAL.
El valor Referencial de 150 soles por tonelada (Pucallpa – Lima) incluye costo del flete por transporte y seguros del producto, no incluye IGV, de aproximadamente 30,000 toneladas anuales de Aceite Crudo de Palma y Aceite Crudo de Palmiste, el mismo que asciende al importe de S/. 4`500,000.00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). Las ofertas que excedan el 100% del valor referencial solo serán admitidas hasta un 5% adicional, por exceso de estos márgenes no serán consideradas. |
6. CALENDARIO.

7. DE LAS PROPUESTAS.
Las propuestas serán recepcionadas, previa presentación de carta de acreditación de la persona que representará al postor, en dos sobres: |
Sobre No. 01 – Propuesta Técnica. |
En este sobre, se presentará en formato impreso y suscrito, en cada página, las especificaciones del servicio que se hace mención en el numeral 4, acompañado del sustento del servicio; las cuales deberán coincidir con las especificaciones técnicas establecidas. |
Además, en este sobre se tienen que incluir los siguientes documentos: |
a) Copia del DNI del Representante Legal o carta de presentación de la persona que representara al postor en la entrega y apertura de sobres. |
b) Copia simple de la Ficha Registral del postor emitida por la SUNAT. |
c) Copia de la Licencia de Funcionamiento vigente. |
d) Copia del Testimonio de Constitución de la Empresa postora. |
e) Vigencia de poderes emitida por la SUNARP con una antigüedad no mayor a dos semanas. |
f) Declaraciones juradas en el caso de seguros y registro de ingreso de vehículos u choferes. |
La omisión de los documentos descritos en el literal a) hasta d) no descalifica al postor, siempre y cuando lo absuelva hasta antes de concluir el acto. |
Sobre No. 02 – Propuesta Económica. |
En este sobre se presentará la oferta económica en formato impreso y suscrito, en cada página debiendo respetarse los límites del valor referencial, establecido en el numeral 5. |
IMPORTANTE |
Los postores que se encuentren fuera de la jurisdicción de Pucallpa, podrán presentar sus propuestas a través de: valija o email dirigido a la siguiente dirección: nmaguina@olamsa.com.pe ; vvalles@olamsa.com.pe estos medios no exime de cumplir con presentar la documentación requerida en el acto de evaluación de propuestas técnicas y económicas. |
8. DEL ACTO.
El acto se inicia en la fecha y hora establecida en el numeral 6, el Comité Especial designado para tal fin llamará a los participantes uno por uno, para que presenten sus ofertas (sobre 1 y sobre2).
ADMISIÓN |
Para que la propuesta sea admitida, el participante deberá cumplir con presentar su oferta técnica acompañada de la documentación requerida, el mismo que deberá cumplir con las especificaciones técnicas establecidas, caso contrario será descalificado automáticamente, no dando opción a continuar en el proceso;devolviéndose el sobre No. 02 – oferta económica |
EVALUACIÓN TÉCNICA |
La evaluación técnica se realizará bajo los siguientes criterios |

Para acceder a la evaluación económica el postor debe alcanzar un puntaje mínimo de 80 puntos |
EVALUACIÓN DE ECONÓMICA. |
Se evaluará las ofertas de aquellos postores que hayan pasado la etapa de admisión.El Comité Especial aperturará las ofertas de los participantes y otorgará el máximo puntaje (100 puntos) al postor que oferte el menor precio, al resto se le asignará un puntaje inversamente proporcional. |
EN CASO DE EMPATE. |
De presentarse empate en el precio ofertado, el Comité Especial podrá optar por los siguientes criterios:
A prorrata o sorteo, en coordinación con los postores con iguales precios. |
9. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato será suscrito entre el Gerente General de OLAMSA y el representante legal del ganador.
10. DE LA ATENCIÓN.
La conformidad del servicio se efectuará de acuerdo a lo estipulado en el contrato y Orden de Servicio emitida por la oficina de Logística.
11. DISPOSICIONES FINALES.
En caso que la empresa favorecida incumpla con algunas obligaciones asumidas en virtud del contrato suscrito, OLAMSA aplicará las sanciones previstas en los Artículos establecidos en el Código Civil.

Fedepalma
La Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite (Fedepalma) existe para apoyar a los palmicultores en la defensa de sus intereses y el logro de la competitividad de una agroindustria oleaginosa que transforma la calidad de vida de las comunidades que la acogen y promueve el progreso y el bienestar.

Fedapal
"Fundación de Fomento de Exportaciones de Aceite de Palma y sus derivados de Origen Nacional" en adelante FEDAPAL, se constituye una fundación de carácter voluntario e independiente, sin ánimo de lucro y con el objeto de agrupar a personas naturales y jurídicas constituidas y dedicadas a la producción de aceite de palma y sus derivados de origen nacional con fines de extracción, industrialización, comercialización y exportación.